El
próximo 1 de julio empieza otra de las citas anuales con Hacienda: la campaña
para la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2023.
El 27 de mayo se publicó en
el BOE la Orden HAC/495/2024, de 21 de mayo, en vigor
desde el próximo 1 de julio, por la que se aprobaron los modelos para la declaración
del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos
permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el
extranjero con presencia en territorio español), para el periodo impositivo del
1 de enero al 31 de diciembre de 2023.
Igual que en la presentación
de la declaración de IRPF, según la Ley del Impuesto de Sociedades, es obligatoria
la presentación del modelo 200 para casi todas las sociedades inscritas en el
Registro Mercantil, independientemente de su facturación, tamaño o sector en el
que desarrollan su actividad. Las únicas exentas de presentar declaración por
el impuesto sobre sociedades son las sociedades de carácter público: Estado,
Comunidades Autónomas, Local, etc…
Plazo de presentación del IS
La campaña de declaración
del Impuesto sobre Sociedades empezará el próximo 1 de julio y finaliza el
25 del mismo mes. Según reza la Ley: ‘el modelo anual del IS se debe declarar
en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la
conclusión del periodo impositivo.’
Sin embargo, hay algunos supuestos
que considerar que no se ciñen a las mismas fechas de la campaña de la Agencia Tributaria.
Depende, entre otras cuestiones, de cuándo acabe el periodo impositivo que
aplique, por ejemplo, en el caso de una empresa que cesara su actividad antes
del fin del año natural.
Casi medio millón de pymes
se beneficiarán de las novedades fiscales aprobadas
El tipo impositivo aplicado para
el cálculo del impuesto de sociedades es del 25% en su generalidad. Sin embargo,
hay novedades y rebajas de aplicación para esta campaña 2023, que supone pagar
menos en su declaración del Impuesto de Sociedades a presentar entre el 1 y el
25 de julio de 2024:
Rebaja general para pymes al
23%
Todas las empresas cuya
facturación durante el periodo impositivo sea inferior a un millón de euros
verán rebajado el tipo en dos puntos porcentuales respecto del general.
Reducción al 15% para startups
Otra de las novedades de la
que se beneficiarán algunas empresas, está recogida en el apartado 1 del
artículo 29 de la LIS: la rebaja al tipo impositivo del 15% será de aplicación
para sociedades con la condición de empresa emergente cuya la base imponible
resulte positiva y en los tres siguientes.
La naturaleza de la pequeña empresa
impide acceder a los incentivos fiscales ‘generales’ de los que sí se
benefician las grandes empresas. Así, estas medidas, palian las dificultades y,
en la mayoría de las ocasiones, la imposibilidad de acceder a rebajas para el
cálculo del impuesto.
Régimen fiscal especial
Islas Baleares
‘Los contribuyentes del
Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
tendrán derecho a la reducción en la base imponible de las cantidades que, con
relación a sus establecimientos situados en las Illes Balears, destinen de sus beneficios
a la reserva para inversiones de acuerdo con lo dispuesto en este apartado.’
Estos beneficios de nueva
aplicación sólo podrán ser disfrutados por las entidades que se encuentren al
corriente de sus obligaciones y responsabilidades para con la Hacienda Pública y
la Seguridad Social.
Modelo 200
Para la correcta confección
del modelo a partir del cual se calcula el Impuesto sobre Sociedades, es
fundamental tener los conocimientos necesarios o delegar esta tarea a un asesor
que trabaje con una solución adecuada.
Este año, el modelo 200 ha
incorporado un nuevo carácter en la primera página para notificar si el
declarante es ‘Partícipe de una agrupación de interés económico o de una
Unión Temporal de Empresas (UTE). `
La presentación del impuesto
sobre Sociedades sólo es posible presentarlo de forma telemática y ahora
también con Cl@ave para los contribuyentes con condición de persona física.
Es importante confiar en un
profesional del asesoramiento fiscal, la declaración del IS, ya que además
de conocer todas las vicisitudes tributarias, dispone del software idóneo
para el cálculo del Impuesto de Sociedades. Además, si ya trabajas con un despacho
profesional que gestiona tu empresa, y te llevan la contabilidad, todo se
simplifica. El programa Altai
Sociedades es la mejor solución para cumplir con esta obligación tributaria.