El Congreso de los
Diputados admitió a trámite la Propuesta de Ley de reforma del Estatuto de los
Trabajadores para imponer la obligación de realizar el registro horario de la
jornada laboral de cada trabajador de todas las empresas.
La actual ley,
recogida en el artículo 35 del ET, obliga a las empresas a realizar un registro
diario de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores, así como,
a la llevanza del control horario de los empleados a tiempo parcial.
Las medidas planteadas
en la Propuesta de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, se
resumen en:
·
generalizar la obligatoriedad del registro de jornada
diaria de todos los trabajadores de la empresa
·
revisar las sanciones por el incumplimiento de las
obligaciones en materia de jornada
·
potenciar las actuaciones de
la Inspección de Trabajo, sobre todo, en cuanto a horas extraordinarias.
Dado el estado de
tramitación, se prevé que la normativa
entre en vigor a principios de 2018, por lo que las empresas deben elegir
un medio para el registro horario de jornada. Los sistemas de control de acceso
mediante código o tarjeta, no son
válidos de manera exclusiva, dado que se puede suplantar la identidad de
quien acceda a la oficina. Sin embargo, no son inútiles de cara a la nueva
normativa si se complementan con
aplicaciones online que pueden integrarse con estos sistemas de marcaje,
importando los datos y generando de manera personalizada la información de
registro de cada empleado con un formato adecuado para entregar ante la
Inspección de Trabajo.
En aras de impulsar la
Transformación Tecnológica en las empresas, la mejor opción es utilizar
herramientas web de registro para agilizar los procesos y tener un control de
las horas efectivas de trabajo y gestionar todo lo relativo a la jornada
laboral, bajas, permisos, descanso… y cualquier tarea que se configure
previamente.